Descubre las ayudas para placas solares en Madrid en 2026: Plan Rehabilita, deducción IRPF, bonificaciones de IBI e ICIO, requisitos y plazos.
Instalar placas solares en Madrid en 2026 puede beneficiarse de distintos incentivos económicos, pero es importante distinguir entre subvenciones autonómicas, ayudas del Ayuntamiento de Madrid y beneficios fiscales.
No existe una única “ayuda para placas solares de Madrid”.
Dependiendo de dónde se encuentre la vivienda y de las características del proyecto, puedes encontrarte con:
- subvenciones para rehabilitación energética;
- bonificaciones en el IBI;
- bonificaciones en el ICIO;
- deducciones estatales en el IRPF;
- ayudas específicas para comunidades energéticas.
También siguen circulando por internet referencias a las antiguas subvenciones Next Generation para autoconsumo que pagaban determinadas cantidades por cada kWp instalado.
Esas ayudas ya no pueden solicitarse en 2026.
El Real Decreto 477/2021 fijó el 31 de diciembre de 2023 como fecha límite para que los destinatarios finales presentaran nuevas solicitudes.
Por tanto, si una empresa te ofrece actualmente una instalación indicando simplemente:
“Tienes una subvención Next Generation para placas solares”
deberías pedirle que identifique exactamente qué convocatoria vigente está utilizando.
La situación real en Madrid en septiembre de 2026 es bastante más interesante y también algo más compleja.
Resumen rápido: ayudas para placas solares en Madrid en 2026
| Incentivo | Situación en septiembre de 2026 | Cuantía |
|---|---|---|
| Antiguas ayudas autoconsumo Next Generation RD 477/2021 | Cerradas a nuevas solicitudes | — |
| Plan Rehabilita Madrid 2026 | Abierto hasta 30/09/2026 | Variable; hasta 90 % en determinados supuestos |
| Deducción estatal IRPF autoconsumo | Vigente | 10 % o 20 % |
| Bonificación IBI Madrid capital | Vigente | 50 % |
| Bonificación ICIO Madrid capital | Vigente | 95 % |
| Ayudas autonómicas generales nuevas para autoconsumo residencial | No consta convocatoria general abierta en el catálogo energético consultado a 17/09/2026 | — |
| Bonificaciones IBI/ICIO fuera de Madrid capital | Dependen de cada municipio | Variable |
La principal conclusión es sencilla:
si vives en Madrid capital, las ayudas municipales pueden ser especialmente relevantes.
Si resides en otro municipio de la Comunidad de Madrid, tendrás que comprobar las ordenanzas fiscales de tu ayuntamiento y las convocatorias que resulten aplicables.
¿Siguen abiertas las ayudas Next Generation para placas solares en Madrid?
No.
El antiguo programa de autoconsumo y almacenamiento financiado mediante el Plan de Recuperación estaba regulado por el Real Decreto 477/2021.
Ese programa permitió subvencionar durante varios años:
- instalaciones fotovoltaicas;
- autoconsumo;
- almacenamiento;
- baterías;
- renovables térmicas.
Sin embargo, la normativa estatal estableció expresamente que las solicitudes de los destinatarios últimos podían presentarse únicamente hasta:
31 de diciembre de 2023.
Eso significa que en 2026 pueden continuar existiendo:
expedientes en tramitación, pagos, justificaciones o actuaciones relacionadas con solicitudes antiguas
sin que ello implique que una persona que instala placas ahora pueda presentar una nueva solicitud.
La propia documentación presupuestaria de la Comunidad de Madrid ha seguido reflejando posteriormente pagos correspondientes a aquellas ayudas de autoconsumo y almacenamiento.
Por tanto:
expediente que sigue tramitándose ≠ convocatoria abierta.
¿Hay una nueva subvención general de la Comunidad de Madrid para placas solares?
A fecha de 17 de septiembre de 2026, el catálogo oficial de energía de la Comunidad de Madrid consultado no muestra una nueva convocatoria autonómica general abierta equivalente a las antiguas ayudas Next Generation para que cualquier propietario instale placas solares residenciales.
El propio catálogo sigue mostrando como cerrado, por ejemplo, el antiguo Plan de Impulso de Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el Sector Residencial.
Esto no significa que Madrid haya abandonado el apoyo al autoconsumo.
La Estrategia de Energía, Clima y Aire de la Comunidad de Madrid 2023-2030 incluye expresamente entre sus actuaciones el apoyo al autoconsumo renovable individual y compartido en los sectores residencial y comercial.
Pero una estrategia o previsión presupuestaria no equivale a una convocatoria de subvenciones que puedas solicitar hoy.
Antes de contar con una ayuda autonómica, comprueba siempre:
nombre de la convocatoria + plazo abierto + beneficiarios + presupuesto disponible.
La gran ayuda de 2026: Plan Rehabilita Madrid
Si la vivienda se encuentra en el municipio de Madrid, existe una ayuda especialmente interesante:
Plan Rehabilita Madrid 2026
El Ayuntamiento de Madrid abrió la convocatoria el:
3 de junio de 2026
y el plazo actual termina el:
30 de septiembre de 2026.
Por tanto, a fecha de publicación de este artículo —17 de septiembre de 2026— la convocatoria está abierta.
El programa está destinado a actuaciones de:
- accesibilidad;
- conservación;
- eficiencia energética;
- salubridad;
- seguridad;
- embellecimiento.
Y entre las actuaciones subvencionables se incluye expresamente la instalación de equipos de energías renovables, incluidas placas solares.
Importante: Plan Rehabilita es del Ayuntamiento de Madrid, no de toda la Comunidad
Esta diferencia es fundamental.
Si vives en:
Madrid capital
puedes estudiar esta convocatoria.
Si vives, por ejemplo, en:
- Pozuelo de Alarcón;
- Alcobendas;
- Getafe;
- Leganés;
- Móstoles;
- Alcalá de Henares;
- Las Rozas;
el Plan Rehabilita Madrid 2026 no es automáticamente aplicable a tu vivienda, porque es un programa municipal del Ayuntamiento de Madrid.
En esos casos tendrás que consultar los incentivos del ayuntamiento correspondiente.
¿Quién puede pedir el Plan Rehabilita 2026?
La convocatoria contempla, entre otros beneficiarios:
- comunidades de propietarios;
- mancomunidades y agrupaciones;
- determinados propietarios de edificios residenciales;
- propietarios de viviendas unifamiliares;
- comunidades energéticas.
La sede electrónica del Ayuntamiento señala expresamente como beneficiarios a las comunidades de propietarios, comunidades energéticas y propietarios de viviendas unifamiliares, además de otros supuestos regulados en la convocatoria.
Esto significa que no es una ayuda pensada exclusivamente para grandes bloques de pisos.
También puede resultar relevante para determinadas viviendas unifamiliares situadas en Madrid capital.
Requisitos del edificio
No cualquier vivienda puede entrar automáticamente en el Plan Rehabilita.
Entre los principales requisitos se encuentran:
Edificio anterior a 1998
El edificio debe haber sido construido antes de:
1998.
Uso residencial
En edificios colectivos, al menos el:
70 % de la superficie construida sobre rasante
debe tener uso residencial de vivienda, con las condiciones establecidas por la convocatoria.
Informe de Evaluación del Edificio
Debe existir un:
Informe de Evaluación del Edificio — IEE
anterior a la solicitud y debidamente registrado cuando corresponda.
Presupuesto mínimo
Las instrucciones oficiales establecen un presupuesto protegible superior a:
3.000 € para viviendas unifamiliares
y:
6.000 € para edificios residenciales colectivos.
¿Qué son ZETU y ZIRE?
El Plan Rehabilita divide Madrid en dos tipos de zonas.
ZETU
Zonas de Especial Transformación Urbana.
Son áreas en las que el Ayuntamiento aplica condiciones de ayuda especialmente favorables.
ZIRE
Zonas de Impulso a la Rehabilitación Energética.
Engloban el resto de áreas incluidas en este esquema de rehabilitación energética.
El Ayuntamiento dispone de un buscador por dirección para comprobar en qué zona se encuentra el inmueble.
La clasificación es importante porque modifica:
- porcentaje de subvención;
- condiciones de ahorro energético;
- cuantías máximas.
¿Cuánto subvenciona el Plan Rehabilita en eficiencia energética?
Las actuaciones de placas solares se incluyen dentro del ámbito de eficiencia energética y energías renovables, pero el porcentaje concreto depende del tipo de actuación y del resultado energético conseguido.
Edificios en zona ZETU
Para actuaciones de eficiencia energética, la convocatoria 2026 contempla:
Reducción del 35 % de la demanda
Subvención:
60 %
Máximo:
8.000 € por vivienda.
Si el edificio tiene calificación energética F o G:
65 %
con un máximo de:
9.000 € por vivienda.
Reducción del 60 % de la demanda
Subvención:
70 %
Máximo:
8.000 € por vivienda.
Para edificios F o G:
75 %
y hasta:
9.000 € por vivienda.
Ayudas en zonas ZIRE
En estas zonas los requisitos energéticos son algo diferentes.
Para acceder a la Línea Verde, la actuación debe conseguir:
una reducción de al menos el 35 % de la demanda energética anual de calefacción y refrigeración
y además:
una reducción mínima del 30 % del consumo de energía primaria no renovable.
Las cuantías pueden alcanzar:
Primer nivel
50 %
hasta:
8.000 € por vivienda.
Para edificios F o G:
55 %
y hasta:
9.000 €.
Mayor reducción de demanda
60 %
hasta:
8.000 € por vivienda.
Para edificios F o G:
65 %
y hasta:
9.000 €.
¿Significa esto que instalar únicamente placas solares te da automáticamente un 50 %, 60 % o 70 %?
No.
Este es uno de los puntos más importantes del artículo.
El Plan Rehabilita es una ayuda de rehabilitación energética, no simplemente una subvención que entregue un porcentaje fijo por colocar paneles.
Las líneas generales exigen alcanzar determinados objetivos energéticos.
Y existe una diferencia importante entre:
reducir consumo de energía primaria no renovable
y:
reducir demanda de calefacción y refrigeración.
Las placas fotovoltaicas pueden ayudar mucho con el primer indicador.
Pero colocar placas en el tejado no reduce por sí solo necesariamente la demanda térmica del edificio en un 35 %.
Para conseguir esa reducción pueden resultar necesarias actuaciones como:
- aislamiento de fachada;
- aislamiento de cubierta;
- cambio de ventanas;
- mejora de envolvente;
- otras medidas de rehabilitación.
Por eso, en determinados proyectos las placas solares forman parte de una rehabilitación energética más amplia.
Antes de interpretar el porcentaje de subvención, debe realizarse el correspondiente análisis energético.
Ayuda del 90 % para comunidades energéticas
Existe una posibilidad especialmente interesante.
El Plan Rehabilita Madrid 2026 contempla una subvención del:
90 %
para la instalación de equipos o sistemas basados en energías renovables destinados al uso de una comunidad energética.
Además, la documentación oficial indica que en esta categoría no existe el mismo límite máximo por vivienda o local aplicado a otras líneas.
También pueden entrar determinados estudios técnicos o jurídicos destinados a la creación e implantación de la comunidad energética.
Esto convierte al Plan Rehabilita en una herramienta especialmente interesante para proyectos colectivos.
Pero atención:
una comunidad de propietarios no es automáticamente una comunidad energética.
Son figuras diferentes.
Debe existir una comunidad energética que cumpla los requisitos correspondientes.
Hasta el 80 % para edificios de consumo casi nulo
La convocatoria contempla también una ayuda del:
80 %
para determinados proyectos de rehabilitación que permitan alcanzar un edificio de:
consumo de energía casi nulo.
En este supuesto tampoco se aplica el mismo límite máximo por vivienda o local que encontramos en las líneas ordinarias.
Se trata, sin embargo, de proyectos de rehabilitación energética mucho más ambiciosos que una instalación fotovoltaica sencilla.
Hasta el 90 % para familias en situación de especial dificultad
El programa contempla que determinadas unidades familiares en situación de especial dificultad social puedan alcanzar:
hasta el 90 %
en actuaciones subvencionables.
Esto permite reducir considerablemente la aportación económica necesaria para hogares vulnerables incluidos en proyectos de rehabilitación.
Ejemplo: comunidad de propietarios con placas solares
Imaginemos un edificio de:
20 viviendas
en Madrid capital.
Quiere realizar una rehabilitación energética que incluye:
- aislamiento de cubierta;
- mejora de fachada;
- placas solares para autoconsumo colectivo.
Presupuesto protegible:
240.000 €
Supongamos que el proyecto cumple las condiciones para obtener una ayuda del:
60 %.
La subvención teórica sería:
240.000 × 60 % = 144.000 €.
Coste restante:
96.000 €.
Dividido, como ejemplo simplificado, entre 20 viviendas:
4.800 € por vivienda.
Sin la ayuda:
12.000 € por vivienda.
Este ejemplo muestra el enorme efecto que puede tener una ayuda de rehabilitación.
Pero no debe interpretarse como una subvención automática para cualquier instalación de placas solares.
Bonificación del IBI por placas solares en Madrid capital
Además del Plan Rehabilita, Madrid capital dispone de uno de los incentivos fiscales más interesantes para autoconsumo:
50 % de bonificación del IBI
El Ayuntamiento establece que instalar sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar puede dar derecho a una bonificación del:
50 % del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
La bonificación puede disfrutarse durante:
los cinco periodos impositivos siguientes
a la inscripción de la instalación en el registro correspondiente.
¿Qué ocurre si instalo una batería?
Madrid introduce además un incentivo particularmente interesante.
Si se instalan dispositivos de almacenamiento de energía solar, la bonificación del IBI puede prorrogarse durante dos años adicionales conforme a las condiciones establecidas por el Ayuntamiento.
Por tanto, potencialmente podríamos hablar de:
5 años de bonificación
2 años adicionales por almacenamiento.
Esta ventaja debe analizarse junto con el coste de la batería.
No tendría sentido comprar una batería de varios miles de euros únicamente para obtener dos años más de IBI sin calcular primero el beneficio económico real.
Cuidado con el plazo para pedir la bonificación del IBI
Este punto es muy importante.
La información municipal vigente indica que la bonificación debe solicitarse:
en el mismo año en que se produce la inscripción de la instalación en el registro del órgano competente.
Por tanto, instalar las placas y olvidarse durante dos años de solicitar el incentivo puede hacer que pierdas una ventaja económica importante.
Guarda siempre:
- certificado de instalación;
- inscripción;
- factura;
- documentación técnica.
Ejemplo de ahorro en el IBI
Supongamos:
IBI anual:
900 €
Bonificación:
50 %
Ahorro anual:
450 €.
Durante cinco años:
450 × 5 = 2.250 €.
Si además se cumplieran las condiciones para dos años adicionales por almacenamiento:
450 × 2 = 900 €.
Ahorro acumulado potencial:
3.150 €.
La cifra real depende del IBI concreto del inmueble y de los límites y condiciones establecidos por la ordenanza.
Bonificación del ICIO: hasta el 95 %
Otro incentivo muy relevante en Madrid capital afecta al:
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras — ICIO.
El Ayuntamiento de Madrid establece actualmente una bonificación del:
95 %
para instalaciones de sistemas de aprovechamiento de energía solar para autoconsumo.
Esto no significa que el Ayuntamiento pague el 95 % de las placas.
Significa que reduce en un 95 % la cuota del ICIO correspondiente.
Ejemplo de bonificación del ICIO
Supongamos, como ejemplo puramente ilustrativo, que la cuota de ICIO resultante de una obra fuese:
300 €.
Con una bonificación del:
95 %
el ahorro sería:
285 €.
Y se pagarían:
15 €.
Por tanto, el beneficio económico suele ser mucho menor que una subvención del 95 % del coste de la instalación, pero sigue siendo una ayuda interesante.
¿Puedo combinar IBI e ICIO?
Son impuestos distintos y, cuando se cumplen los requisitos de las correspondientes ordenanzas, pueden existir ambos beneficios.
Además, pueden convivir con otros incentivos siempre que las normas de cada programa lo permitan.
Sin embargo, hay que estudiar separadamente:
- subvención;
- deducción fiscal;
- bonificación IBI;
- bonificación ICIO.
No deben sumarse de forma automática sin comprobar incompatibilidades.
Nueva deducción del IRPF por autoconsumo en 2026
Existe además una ayuda fiscal de ámbito estatal que también beneficia a los propietarios madrileños.
Desde el:
1 de enero de 2026
se ha creado una nueva deducción del IRPF específica para sistemas de autoconsumo renovable.
Existen dos porcentajes:
10 %
Para determinadas instalaciones realizadas en inmuebles propiedad del contribuyente.
20 %
Para instalaciones en viviendas situadas en edificios de uso predominantemente residencial.
La base máxima anual es:
5.000 €
Por tanto, el máximo teórico sería:
10 % → 500 €
20 % → 1.000 €.
¿Qué gastos entran en la deducción?
La Agencia Tributaria incluye:
- equipos;
- materiales;
- gastos de instalación;
- obras necesarias;
- sistemas de almacenamiento.
La instalación debe realizarse y finalizarse durante:
2026
y las cantidades deben haberse satisfecho también durante ese año.
No pagues en efectivo si quieres aplicar esta deducción
Este detalle es especialmente importante.
La Agencia Tributaria exige que los pagos se realicen mediante:
- tarjeta;
- transferencia bancaria;
- cheque nominativo;
- ingreso en cuenta.
Los pagos en efectivo no dan derecho a la deducción.
Por tanto, guarda todos los justificantes bancarios.
Ejemplo de deducción estatal
Coste de instalación:
8.000 €
Base máxima:
5.000 €.
Si corresponde la deducción del 10 %:
500 €.
Si corresponde el 20 %:
1.000 €.
El resto del coste por encima de 5.000 € no incrementaría esta deducción concreta.
¿Puedo combinar subvención e IRPF?
Puede existir una combinación, pero no puedes aplicar la deducción sobre dinero que realmente ha financiado una subvención pública.
La Agencia Tributaria exige restar de la base las cantidades subvencionadas.
Ejemplo
Instalación:
8.000 €
Ayuda pública:
3.000 €
Coste restante soportado:
5.000 €.
La deducción se calcularía, cuando se cumplan todos los requisitos, sobre las cantidades que legalmente formen parte de la base después de tener en cuenta la subvención.
También existen deducciones por eficiencia energética
Además de la nueva deducción específica de autoconsumo, en 2026 continúan determinadas deducciones estatales relacionadas con obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas.
El Real Decreto-ley 7/2026 prorrogó determinadas deducciones por:
- reducción de demanda de calefacción y refrigeración;
- reducción de consumo de energía primaria no renovable;
- rehabilitación energética de edificios.
Pero hay una advertencia importante.
La nueva deducción específica por autoconsumo es incompatible, para la misma instalación y el mismo inmueble, con determinadas deducciones de eficiencia energética.
No puedes elegir simplemente todas y sumarlas.
Habrá que determinar cuál corresponde.
¿Qué pasa si vivo fuera de Madrid capital?
Aquí cambia mucho la situación.
La deducción estatal del IRPF puede seguir siendo aplicable porque es nacional.
Pero:
la bonificación del IBI
y:
la bonificación del ICIO
dependen de cada ayuntamiento.
Por ejemplo, una vivienda situada en Alcobendas puede tener condiciones distintas de otra situada en Getafe o Pozuelo.
Por tanto, si no resides en Madrid capital, busca en la web de tu ayuntamiento:
“bonificación IBI energía solar”
y:
“bonificación ICIO placas solares”.
No utilices automáticamente los porcentajes del Ayuntamiento de Madrid.
¿Cuál puede ser el ahorro total en Madrid capital?
Veamos un ejemplo hipotético.
Vivienda:
Madrid capital.
Instalación:
8.000 €.
Supongamos que no recibe una subvención directa del Plan Rehabilita, pero sí puede acogerse a determinados beneficios fiscales.
Deducción IRPF
Supongamos 10 % con base máxima:
500 €.
Bonificación IBI
IBI:
800 €/año
Ahorro:
400 €/año
Durante cinco años:
2.000 €.
ICIO
Supongamos que la cuota antes de bonificación fuera:
250 €.
Bonificación 95 %:
237,50 €.
Beneficio total aproximado
500 + 2.000 + 237,50 = 2.737,50 €.
Coste efectivo teórico:
8.000 – 2.737,50 = 5.262,50 €.
Y todavía faltaría sumar el ahorro eléctrico producido por los paneles.
Este ejemplo demuestra por qué las bonificaciones fiscales pueden tener mucho valor incluso aunque no exista una gran subvención directa.
¿Qué ocurre si además entro en Plan Rehabilita?
Entonces el cálculo puede cambiar mucho.
Una subvención importante reducirá la cantidad efectivamente soportada por el propietario.
Eso puede afectar también al importe sobre el que posteriormente puedes aplicar determinadas deducciones fiscales.
Por tanto, no calcules:
60 % Plan Rehabilita + 20 % IRPF + 50 % IBI + 95 % ICIO = me pagan más del coste.
Los porcentajes se aplican sobre bases completamente diferentes.
Por ejemplo:
- el Plan Rehabilita se aplica sobre presupuesto protegible;
- el IRPF sobre cantidades legalmente deducibles;
- el IBI sobre la cuota del impuesto;
- el ICIO sobre la cuota de ese impuesto.
Son instrumentos distintos.
Cómo pedir el Plan Rehabilita 2026
Para una comunidad o propietario interesado en la convocatoria, el proceso básico consiste en:
1. Comprobar que el inmueble está en Madrid capital
Es una ayuda municipal.
2. Confirmar antigüedad
Debe cumplir el requisito de construcción anterior a 1998.
3. Consultar si está en ZETU o ZIRE
Esto determina buena parte de las condiciones económicas.
4. Disponer del IEE
El Informe de Evaluación del Edificio debe cumplir los requisitos de la convocatoria.
5. Realizar el estudio energético
Especialmente importante para Línea Verde.
6. Preparar presupuestos
Para determinadas actuaciones sin iniciar se exigen al menos tres ofertas de diferentes proveedores antes de contratar.
7. Presentar la solicitud
El plazo actual termina el:
30 de septiembre de 2026
Las comunidades de propietarios y personas jurídicas deben realizar la tramitación electrónicamente.
¿Puedo pedir la ayuda si la obra ya ha empezado?
La convocatoria admite diferentes situaciones de ejecución.
La información oficial contempla:
- actuaciones sin iniciar;
- actuaciones en ejecución;
- actuaciones terminadas;
siempre que cumplan las fechas y condiciones establecidas.
En términos generales, las actuaciones finalizadas deben haberlo hecho a partir del:
1 de enero de 2026
salvo los supuestos específicos contemplados en el régimen transitorio.
Aun así, no deberías iniciar una obra únicamente basándote en este resumen.
Comprueba antes la convocatoria completa porque la documentación exigida cambia según si la obra:
no ha empezado, está ejecutándose o ya está terminada.
Documentación que puedes necesitar
La documentación exacta depende de cada ayuda, pero para proyectos del Plan Rehabilita pueden resultar necesarios documentos como:
- solicitud;
- identificación del beneficiario;
- acuerdo de comunidad;
- IEE;
- título habilitante urbanístico;
- proyecto o memoria técnica;
- presupuesto;
- tres ofertas cuando proceda;
- certificado energético previo;
- certificado energético previsto;
- fotografías;
- documentación de instalaciones;
- justificantes económicos.
En proyectos de Línea Verde, la documentación energética tiene especial importancia.
¿Qué ayuda debería mirar primero?
Depende de dónde vivas.
Si vives en una vivienda unifamiliar de Madrid capital anterior a 1998
Comprueba primero:
Plan Rehabilita 2026.
Después:
IRPF + IBI + ICIO.
Si vives en una comunidad de propietarios en Madrid capital
El Plan Rehabilita puede ser especialmente interesante si el proyecto forma parte de una rehabilitación energética más amplia.
Estudia también autoconsumo colectivo y comunidad energética.
Si instalas placas en una vivienda nueva
El Plan Rehabilita probablemente no encajará debido a su requisito de antigüedad.
Pero puedes estudiar:
IRPF + IBI + ICIO.
Si vives fuera de Madrid capital
Comprueba:
deducción estatal del IRPF
IBI e ICIO de tu ayuntamiento
eventuales convocatorias autonómicas o locales.
Errores habituales al buscar ayudas solares en Madrid
Confundir Madrid capital con Comunidad de Madrid
No es lo mismo.
El Plan Rehabilita y las bonificaciones indicadas del Ayuntamiento de Madrid son municipales.
Pensar que Next Generation sigue abierto
Las solicitudes del antiguo programa de autoconsumo finalizaron en 2023.
Pensar que el ICIO del 95 % paga el 95 % de las placas
No.
Reduce en un 95 % el impuesto correspondiente.
Confundir una ayuda de rehabilitación con una subvención automática por instalar paneles
El Plan Rehabilita exige determinados requisitos del edificio y, en muchas líneas, objetivos energéticos.
No pedir el IBI a tiempo
En Madrid capital es especialmente importante tramitarlo en relación con el año de inscripción de la instalación.
Pagar en efectivo
Puede impedir aplicar la nueva deducción estatal de autoconsumo.
Preguntas frecuentes
¿Hay ayudas para placas solares en Madrid en 2026?
Sí.
Existen distintos incentivos.
En Madrid capital destaca el Plan Rehabilita Madrid 2026, además de las bonificaciones del IBI e ICIO y la nueva deducción estatal de IRPF por autoconsumo.
¿Cuánto subvencionan las placas solares en Madrid?
No existe un porcentaje universal.
Dentro del Plan Rehabilita las ayudas de eficiencia energética varían según zona, actuación y ahorro energético, y pueden llegar a porcentajes elevados.
Determinadas instalaciones renovables para comunidades energéticas pueden alcanzar el 90 %.
¿Sigue abierta la subvención Next Generation?
No.
El plazo para nuevas solicitudes del programa regulado por el RD 477/2021 terminó el 31 de diciembre de 2023.
¿El Plan Rehabilita está abierto ahora?
Sí.
A fecha de 17 de septiembre de 2026, el plazo está abierto hasta el:
30 de septiembre de 2026.
¿Puedo pedirlo para una casa unifamiliar?
Sí, determinadas viviendas unifamiliares pueden ser beneficiarias si cumplen los requisitos del Plan Rehabilita.
¿Mi casa debe ser antigua?
Para el Plan Rehabilita 2026, el edificio debe haber sido terminado antes de:
1998.
¿Madrid bonifica el IBI por placas solares?
Madrid capital contempla una bonificación del:
50 %
durante los cinco periodos impositivos siguientes en los términos establecidos por su ordenanza.
¿Cuánto bonifica el ICIO?
El Ayuntamiento de Madrid publica una bonificación del:
95 %
para instalaciones de aprovechamiento solar destinadas al autoconsumo.
¿Hay deducción del IRPF?
Sí.
Desde 2026 existe una nueva deducción estatal de:
10 % o 20 %
con una base máxima de:
5.000 €.
¿La batería también entra en la deducción?
Sí.
La Agencia Tributaria incluye los sistemas de almacenamiento asociados dentro de los conceptos que pueden formar parte de la inversión deducible cuando se cumplen los requisitos.
¿Puedo recibir IBI, ICIO e IRPF a la vez?
Son incentivos diferentes y potencialmente pueden coexistir cuando se cumplan sus respectivos requisitos.
Sin embargo, si también recibes subvenciones públicas, tendrás que comprobar cómo afectan a la base de las deducciones fiscales.
¿Las mismas ayudas existen en toda la Comunidad de Madrid?
No.
El IRPF es estatal, pero las bonificaciones de IBI e ICIO dependen de cada ayuntamiento.
Los porcentajes indicados en este artículo para IBI e ICIO corresponden a Madrid capital.
Conclusión: cuáles son las ayudas realmente interesantes en Madrid en 2026
En Madrid existe bastante información desactualizada sobre subvenciones fotovoltaicas.
Lo primero que debes saber es que las antiguas ayudas Next Generation del Real Decreto 477/2021 ya no aceptan nuevas solicitudes desde el 31 de diciembre de 2023.
Sin embargo, si la vivienda está situada en Madrid capital, 2026 presenta varias oportunidades interesantes.
La primera es el:
Plan Rehabilita Madrid 2026
Está abierto hasta el 30 de septiembre de 2026 y permite subvencionar actuaciones de rehabilitación energética que incluyen equipos de energías renovables. Las ayudas dependen del tipo de proyecto, zona y ahorro energético conseguido.
Para determinadas comunidades energéticas, los sistemas renovables pueden alcanzar subvenciones del:
90 %.
A esto se añaden tres incentivos fiscales especialmente importantes:
Bonificación del IBI en Madrid capital → 50 % durante cinco años, con posibilidad de ampliación ligada al almacenamiento en los términos municipales.
Bonificación del ICIO → 95 % de la cuota correspondiente.
Nueva deducción estatal del IRPF → 10 % o 20 %, con una base máxima de 5.000 €.
Por tanto, antes de contratar una instalación en Madrid capital, el orden recomendable sería:
comprobar Plan Rehabilita → estudiar IRPF → solicitar bonificación ICIO → tramitar IBI → calcular ahorro eléctrico real.
Y si vives en otro municipio de la Comunidad de Madrid, recuerda que no debes utilizar automáticamente los porcentajes del Ayuntamiento de Madrid.
Consulta específicamente las ordenanzas fiscales de tu municipio.
Una instalación solar puede seguir resultando rentable sin subvenciones, pero ignorar los beneficios fiscales disponibles puede significar perder varios cientos o incluso miles de euros durante la vida de la instalación.
Aviso: este contenido es exclusivamente informativo y está actualizado a 17 de septiembre de 2026. Las convocatorias, presupuestos, condiciones y ordenanzas fiscales pueden modificarse. Comprueba siempre la información vigente en la Comunidad de Madrid, Ayuntamiento correspondiente y Agencia Tributaria antes de contratar una instalación o realizar una solicitud.
Fuentes principales: Comunidad de Madrid; Ayuntamiento de Madrid, Plan Rehabilita Madrid 2026; Agencia Tributaria Madrid; Agencia Estatal de Administración Tributaria; Real Decreto 477/2021.